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Si ya llevas el cuaderno de ecológico o de integrada

No hay que llevar dos. El cuaderno de producción ecológica, de producción integrada o de un sistema voluntario de producción certificada sirve para cumplir, con una condición: que contenga todos los datos que exige el anexo III.

Huerta ecológica con las hileras de hortalizas bien marcadas
La excepción no depende de quién certifique, sino de que el cuaderno recoja todos los datos exigidos. Foto de Magda Ehlers (pexels).

Lo que dice la norma

El artículo 16.2 del RD 1311/2012 establece que cuando se lleven cuadernos de explotación conforme a los requisitos de la producción ecológica, la producción integrada o el protocolo de algún sistema voluntario de producción certificada, que contengan al menos todos los datos referidos en la parte I del anexo III, se entenderá que esos cuadernos permiten cumplir la obligación.

La condición está en esa frase intermedia, y es toda la condición: no importa el formato ni quién lo certifique, importa que estén los datos.

Qué revisar antes de darlo por bueno

Los cuadernos de certificación suelen ser más exigentes que el mínimo legal en unas cosas y menos en otras. Estos tres son los que más veces faltan:

  • La variedad del cultivo. Muchos protocolos piden solo la especie.
  • El número de registro del producto. Algunos se conforman con el nombre comercial.
  • La valoración de la eficacia. Casi ningún protocolo privado la pide, y el anexo III sí.

Si falta alguno, no hace falta abrir un cuaderno nuevo: basta con añadir esa columna al que ya llevas.

La lista completa, para comparar

  1. Fecha de tratamiento.
  2. Número de identificación de la parcela, o en su caso, local o medio de transporte tratado.
  3. Plaga a controlar.
  4. Identificación del aplicador y, en su caso, del asesor.
  5. Cultivo, indicando especie y variedad. Si es cultivo herbáceo y la siembra se realiza con semilla tratada, indicar el producto utilizado.
  6. Superficie tratada expresada en hectáreas. En los casos en que proceda, como tratamiento de locales, el volumen tratado expresado en metros cúbicos.
  7. Producto fitosanitario aplicado (Nombre comercial y número de registro).
  8. Identificación de la maquina o equipo de tratamiento empleado, indicando cuando proceda el número de registro.
  9. Kilogramos. o litros del producto fitosanitario utilizados en el tratamiento.
  10. Valoración de la eficacia del tratamiento.
  11. Otras observaciones pertinentes.

Lo que esto no cambia

La excepción es sobre el soporte y el formato, no sobre las demás obligaciones. Siguen en pie el plazo de conservación de tres años, la obligación de guardar facturas y certificados, y —cuando llegue— la de llevarlo de forma electrónica.

Preguntas frecuentes

Llevo cuaderno de producción ecológica, ¿tengo que llevar otro?

No, si ese cuaderno contiene al menos todos los datos de la parte I del anexo III del RD 1311/2012. El artículo 16.2 lo admite expresamente para producción ecológica, producción integrada y sistemas voluntarios de producción certificada.

¿Qué tengo que comprobar antes de fiarme de esa excepción?

Que estén los once datos de cada tratamiento. Los cuadernos de certificación suelen recoger casi todos, pero conviene revisar tres: la variedad del cultivo, el número de registro del producto y la valoración de la eficacia, que son los que más veces faltan.

¿Vale cualquier certificación privada?

La norma habla de «el protocolo de algún sistema voluntario de producción certificada», sin limitar cuáles. La condición no es quién certifica, sino que el cuaderno contenga todos los datos exigidos.

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